Definición
Concentraciones minerales situadas sobre o dentro del fondo marino que han sido identificadas, cuantificadas y consideradas potencialmente recuperables bajo un conjunto determinado de condiciones tecnológicas, económicas y legales.
Principio
Principio
Un mineral del fondo marino se considera recurso cuando su concentración geológica, accesibilidad física y coste previsto de extracción convergen con la tecnología disponible, el precio de mercado y la autorización regulatoria, de modo que la recuperación es factible.
Demostración
Demostración
Ejemplos incluyen nódulos polimetálicos ricos en manganeso en llanuras abisales, costras ferromanganesas ricas en cobalto en montes submarinos, sulfuros masivos en respiraderos hidrotermales y hidratos de metano en márgenes continentales; cada caso se evalúa mediante prospección, muestreo y modelos económicos antes de clasificarse como recurso.
Aplicación incorrecta
Aplicación incorrecta
Llamar recurso a cualquier presencia de minerales en el fondo marino sin evaluar la recuperabilidad, el impacto ambiental o las limitaciones legales, o confundir «recurso» con una «reserva» económicamente explotable y probada.
Consecuencia
Consecuencia
Su aplicación correcta orienta la exploración sistemática, los estudios ambientales de referencia, los permisos legales y la gestión de recursos, equilibrando el potencial de extracción con las obligaciones de conservación.
Inversión
Inversión
El reverso es una mera ocurrencia u anomalía mineral observada en el fondo marino que carece de concentración demostrada, accesibilidad o viabilidad jurídico-económica y, por tanto, no se trata como recurso.
Límite
Límite
Cubre las acumulaciones minerales sólidas sobre o dentro de sedimentos y rocas del lecho marino; excluye los metales disueltos en el agua de mar, los materiales biogénicos pelágicos no explotables como minerales y los yacimientos terrestres fuera de la interfaz marina.
Tensión semántica
Tensión semántica
Existe tensión entre «recurso» (categoría contingente y económica) y «yacimiento» u «ocurrencia» (descriptores puramente geológicos), así como entre «recurso» y «reserva» certificada legalmente.
Síntesis
Síntesis
Un recurso mineral del fondo marino es un conjunto geológicamente concentrado de minerales en el lecho oceánico que, dadas las capacidades técnicas, las condiciones de mercado y la autorización legal actuales, se considera potencialmente recuperable y por tanto sujeto a investigación, valoración y gestión.